Si alguna vez te sorprendió que un banco o una empresa grande te pidiera certificado de existencia, copia de cédula del representante legal, origen de fondos y un formulario largo solo para empezar una relación comercial, probablemente estabas frente a un requisito de SARLAFT o SAGRILAFT. No es burocracia porque sí: es una obligación legal de la otra parte, no un capricho suyo.
La diferencia entre SARLAFT y SAGRILAFT
SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) aplica al sector financiero: bancos, cooperativas financieras, fiduciarias y entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
SAGRILAFT (Sistema de Autogestión del Riesgo Integral LA/FT/FPADM) aplica a empresas del sector real, es decir, sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedad extranjera vigiladas por la Superintendencia de Sociedades. El marco actual está en el Capítulo X, incorporado mediante la Circular Externa 100-000016 de diciembre de 2020.
Ambos sistemas persiguen el mismo objetivo (prevenir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, conocido como LA/FT/FPADM), pero corresponden a supervisores distintos y a sectores distintos.
Quién está obligado a implementar SAGRILAFT
No todas las empresas colombianas deben tener un sistema SAGRILAFT formal. La Circular Externa 100-000016 de 2020 de la Superintendencia de Sociedades define umbrales de activos o ingresos totales para determinar qué empresas del sector real quedan obligadas, y la entidad ha ampliado con el tiempo el listado de sujetos obligados adicionales. Si tu empresa no supera esos umbrales, es probable que no tengas la obligación formal, aunque nada impide adoptar buenas prácticas de conocimiento de cliente por decisión propia.
Por qué te piden tanta información si tú no estás obligado
Aquí está el punto que más confunde a proveedores y clientes pequeños: aunque tu empresa no esté obligada a tener SAGRILAFT, si la empresa con la que quieres hacer negocios sí lo está, ella tiene que hacerte debida diligencia a ti como su contraparte. Eso incluye pedirte:
- Certificado de existencia y representación legal.
- Copia de tu NIT y documento de identidad del representante legal.
- En algunos casos, información sobre el origen de tus recursos o beneficiarios finales.
No es que sospechen de ti en particular: es un procedimiento estándar que la norma les exige aplicar a todas sus contrapartes, sin excepción, antes o durante la relación comercial.
Qué hace la empresa con esa información
Las empresas obligadas deben hacer seguimiento continuo del riesgo de sus contrapartes y, si detectan una operación inusual o sospechosa, reportarla a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero), la entidad colombiana que centraliza y analiza estos reportes. Esa es la razón de fondo por la que el formulario de vinculación de un cliente o proveedor grande suele ser tan extenso: no es solo para ellos, es para cumplir con un reporte que eventualmente puede llegar a la UIAF.
Cómo prepararte si te piden esta información
Si sabes que vas a empezar a trabajar con bancos, grandes empresas o entidades del sector real vigiladas, tener a la mano tu certificado de existencia y representación legal actualizado (lo emite tu cámara de comercio), tu RUT vigente y la información básica de tus socios o beneficiarios finales agiliza mucho el proceso de vinculación. Verificar previamente que tu propia matrícula mercantil esté renovada también evita que el proceso se frene por un detalle administrativo de tu lado.
Qué NO significa que te pidan esta información
Que un banco o una empresa grande te solicite este formulario extenso no significa que sospechen de tu negocio en particular, ni que tu empresa esté bajo investigación. Es un procedimiento estándar que la norma les exige aplicar de forma uniforme a todas sus contrapartes, sin distinción, como parte de su propio sistema de autocontrol. Tampoco significa que tú, como proveedor o cliente pequeño, tengas que implementar un sistema SAGRILAFT propio: la obligación normativa recae sobre la empresa vigilada que te pide la información, no sobre ti, a menos que tu propia empresa supere los umbrales que fija la Superintendencia de Sociedades.
Relacionado: cómo verificar los datos de una empresa antes de firmar un contrato y qué es el registro mercantil y quién debe renovarlo cada año.
Preguntas frecuentes
¿SARLAFT y SAGRILAFT son lo mismo?
No. SARLAFT aplica al sector financiero (bancos, cooperativas financieras, fiduciarias) bajo supervisión de la Superintendencia Financiera. SAGRILAFT aplica a empresas del sector real supervisadas por la Superintendencia de Sociedades.
¿Todas las empresas de Colombia deben tener SAGRILAFT?
No. Según la Circular Externa 100-000016 de 2020 de la Superintendencia de Sociedades, aplica a empresas vigiladas cuyos activos o ingresos totales superen el umbral de 40.000 SMMLV que fija la norma, además de otros sujetos obligados que la circular ha ido ampliando.
¿Qué significa LA/FT/FPADM?
Son las siglas de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, los riesgos que estos sistemas buscan prevenir y controlar.
¿Por qué un proveedor o cliente me pide certificado de existencia, NIT y datos del representante legal?
Porque si esa empresa está obligada a SAGRILAFT o SARLAFT, debe hacer debida diligencia de sus contrapartes antes de iniciar una relación comercial, como parte de su sistema de autocontrol y gestión de riesgo.
¿A quién se reportan las operaciones sospechosas bajo estos sistemas?
A la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero), la entidad colombiana encargada de centralizar y analizar esta información.
Fuentes: supersociedades.gov.co · supersociedades.gov.co · supersociedades.gov.co
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